La convivencia en una comunidad de propietarios se sostiene sobre acuerdos que casi nadie revisa hasta que hay problemas. Y cuando llega, casi siempre es por lo mismo: derramas impagadas, obras, ver web ruidos o decisiones de la junta.
El marco es la Ley de Propiedad Horizontal, que regula qué mayorías hacen falta para cada decisión. Y ahí está el origen de muchos pleitos: acuerdos adoptados con una mayoría insuficiente son impugnables.
Los asuntos más frecuentes son las reclamaciones de cantidad frente a propietarios morosos, la impugnación de acuerdos, las obras que afectan a elementos comunes, las filtraciones y humedades entre viviendas y las actividades molestas.
Algo que conviene tener en cuenta: la impugnación de un acuerdo tiene plazo, y es corto. Si se agota consolida una decisión que podría haberse anulado.